¿Qué impuestos tengo que pagar al vender mi casa? Cuando decides vender un piso, debes tener en cuenta los gastos asociados y las obligaciones tributarias con Hacienda. A continuación, te explicamos qué impuestos debes pagar por la venta de tu piso, cuánto representan en términos monetarios y en qué situaciones estarás exento de pagarlos.
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Índice
Impuestos por vender tu casa
IRPF
Debes incorporar la venta de tu piso en la declaración de la renta del año siguiente al momento de la transacción.
PLUSVALÍA MUNICIPAL
El pago de la plusvalía municipal debe realizarse en un plazo de 30 días hábiles posteriores a la venta de la vivienda.
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Calcular el IRPF de la venta de tu casa
Te presentamos los pasos necesarios para calcular el importe a pagar de IRPF por la venta de tu piso. A continuación, te explicaremos cada paso de manera detallada con ejemplos.
Calcula el valor de transmisión: El valor de transmisión se refiere al precio de venta de la vivienda, descontando los gastos y tributos asociados a la operación.
Calcula el valor de adquisición de la vivienda. El valor de adquisición corresponde al precio que pagaste al comprar la propiedad, sumado a las inversiones, mejoras, gastos y tributos relacionados con la operación.
Calcula la ganancia patrimonial. En este paso, debes determinar la ganancia patrimonial, que es la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición.
Aplica el tipo impositivo correspondiente. Si la ganancia patrimonial es positiva, deberás multiplicarla por el tipo impositivo establecido para determinar el importe a pagar de IRPF.
Calcular la plusvalía municipal
Ahora, al calcular la base imponible, el contribuyente tiene la opción de elegir entre dos métodos:
La plusvalía real: se calcula en base a la diferencia entre el valor de adquisición del terreno y el valor de venta.
Un nuevo sistema objetivo: este método reflejará las fluctuaciones del mercado inmobiliario.
La segunda opción permite tributar según la plusvalía real obtenida en el momento de la transmisión del inmueble. Si el contribuyente puede demostrar que la plusvalía real es menor que la calculada mediante el método objetivo, podrá aplicar la opción real para su declaración.
¿Quién paga el IBI?
El IBI es un impuesto municipal que se paga anualmente y corresponde a los propietarios de viviendas. Según la ley, el responsable de pagarlo es la persona que era propietaria del piso el primer día de enero del año fiscal en curso.
Sin embargo, en la práctica, esto suele acordarse entre las partes para que cada uno pague la proporción correspondiente al tiempo en el que fue dueño del inmueble. Por ejemplo, si vendes tu casa en abril, puedes acordar pagar el IBI correspondiente a los primeros cuatro meses del año y que el comprador se haga cargo del resto.